viernes, 16 de diciembre de 2011

REFORMAS EN LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO

Carlos III almorzando
L.Paret 1770. Museo del Prado 
Esta monarquía centralista tiene como base la figura del rey con poder absoluto de origen divino. Le asisten los Secretarios de Despacho, generalmente de Hacienda, Guerra, Marina, Justicia, Indias  y Estado. Desaparecen los consejos, aunque sigue el Consejo de Castilla quedando tan sólo como cuerpo consultivo  que elabora informes.
Con los Decretos de Nueva Planta se suprimen fueros, fronteras, aduanas interiores e instituciones políticas.
El nuevo modelo de administración territorial, divide el territorio en provincias; sustituye los Virreyes por Capitanes Generales que desempeñaban funciones militares y gubernativas; mantiene las Reales Audiencias; crea la figura de los Intendentes, funcionarios encargados de cuestiones económicas, que tenían atribuciones en materias de hacienda, milicia, justicia, gobierno, obras públicas e inspección e autoridades y organismos; y respeta los cargos existentes en los Ayuntamientos.
La nueva dinastía intenta reformar el sistema de Hacienda, tratando de unificar y racionalizar los impuestos y la moneda, contribuyendo a modernizar la economía al dotarla de una cierta estabilidad. Además establece nuevos impuestos en la Corona de Aragón referidos a riqueza rústica y urbana, y a ingresos por trabajo; y crea un  fondo común que reúne los recursos del estado y centraliza los gastos.
Las tendencias uniformadoras se aplicaron también mediante la obligación del uso del castellano en la nueva administración.




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